Solo los presidentes elegidos por el pueblo podrán cobrar pensión vitacilica

De aprobarse la ley, aquellos que ejerzan la función de jefe de Estado por sucesión Constitucional, no podrán cobrar este beneficio

Con 11 votos a favor y 5 en abstención, la Comisión de Constitución aprobó el informe de opinión consultiva que recomienda no otorgar pensión vitalicia a los vicepresidentes y titulares del Legislativo que ejerzan la función de jefe de Estado por sucesión Constitucional. 

“Desde la Comisión de Constitución se recomienda que (…) se evite considerar como beneficiario de dicha pensión a los vicepresidentes de la República ni a los congresistas que, como presidentes del Congreso, hayan asumido el cargo de presidente de la República por sucesión presidencial”, se lee en el documento.

Patricia Juárez presidió la Comisión de Constitución que aprobó el informe. Ahora, este será llevado al Pleno del Congreso, donde será debatido y votado.

Con esta ley, Martín Vizcarra, Manuel Merino y Francisco Sagasti, no recibirán pensión vitalicia, ya que asumieron la presidencia del Perú, por haber sido presidentes del Congreso, o vicepresidentes, en el caso de Vizcarra.

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