A fin de evitar la expansión del coronavirus, el Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia sanitaria por 90 días. Los empleadores podrán enviar a sus trabajadores en suspensión perfecta de labores desde el 9 de junio hasta el 7 de setiembre.
La suspensión perfecta o la licencia sin goce de haber se aplicará hasta 30 días calendario luego que culmine el estado de emergencia sanitaria, lo que significa que la medida será aplicable hasta el 7 de octubre.
El Ejecutivo dictó una serie de medidas laborales en el contexto del estado de emergencia para evitar la expansión de coronavirus. Con la prórroga del estado de emergencia sanitaria del 9 de junio al 7 de setiembre, estos plazos también modifican la vigencia de algunas de estas medidas laborales.
“Actualmente la suspensión perfecta de labores rige como máximo a 30 días calendario luego de terminada la emergencia sanitaria. Con un decreto supremo adicional, lo que se puede hacer es que ya no sean para los 30 días calendario siguiente o sea para menos días posteriores; pero el plazo de la suspensión no se estableció en días calendarios fijos. El plazo estaba supeditado de acuerdo a la duración de la emergencia sanitaria”, especificó la abogada laborista, Cristina Oviedo.
Cabe indicar que, a la fecha, el gobierno no ha emitido medidas adicionales que puedan cubrir la falta de ingresos de los trabajadores en suspensión perfecta de labores por estos meses adicionales